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Aprobada la Ley de Contratos del Sector Público

14 noviembre 2017

El BOE de 9 de noviembre publica el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

El Consultor de los Ayuntamientos, recoge un análisis urgente de la norma aprobada. Así, señala que la Ley que tiene como objetivo fundamental implementar en España una contratación pública basada en una serie de principios como son la integridad, la transparencia, la igualdad y la competencia, por lo que ha introducido novedades dirigidas a la consecución de todos ellos y ha eliminado preceptos que atentaban claramente contra los principios mencionados. En este sentido, se introduce como novedad significativa la supresión del procedimiento negociado sin publicidad por razón de cuantía, que se estaba utilizando hasta ahora de forma desproporcionada y sin motivación, lo que ha dado pie a que en los últimos años haya sido objeto de críticas, por lo que con la eliminación del mismo se evita el riesgo de generar desigualdades entre licitadores. Respecto al procedimiento negociado sin publicidad, a partir de ahora se usará de forma excepcional en los supuestos tasados de la LCSP 2017.

Además, se crean nuevos procedimientos con publicidad: el abierto simplificado, que se perfila como el procedimiento «estrella» en la nueva ley de contratos pues nace con el objetivo de ser ágil en su tramitación, sencillo en la preparación, tanto para los licitadores como para la Administración y rápido en su resolución; el de licitación con negociación, limitado a determinados supuestos tasados en la Ley y siempre previa informe de necesidad debidamente motivado y el de asociación para la innovación, que parte de la necesidad de productos que no existen o que de existir, no son suficientemente buenos, por lo que tiene como base encontrar soluciones innovadoras.
Respecto a las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME), la nueva ley recoge una serie de novedades para facilitar el acceso de las mismas a la contratación, lo que generará una competencia más intensa por la obtención de contratos públicos que permitirá a las PYME desarrollar su potencial de crecimiento e innovación, con el consiguiente efecto positivo sobre la economía. Así, al contrario que con la legislación anterior, a partir de ahora la regla general será la división de los contratos en lotes, por lo que las PYME tendrán acceso a contratos que, en el pasado, solo podían permitirse grandes empresas.

Más información  en la fuente de la noticia 

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.